Foro encuentros
REGISTRATE, para asi compartir con los demás, lo que tu puedas aportar.

No utilices palabras soeces, ni faltes al respeto a los demás foreros.

Si quieres publicar una opinión, te rogamos que pongas un nombre, para que todos sepan de quien se trata.

Cualquier opinion o escrito, que vaya en contra de las normas, la moral, o las buenas costunbres, será baneada por la administración o los moderadores del foro.

ENTRA y diviertete, pero repetando a los demás, para que tu tambien seas respetado.

Tenemos a disposición de los foreros, un chat en tiempo real, para conversar o aclarar dudas.

Y recuerda que aunque sea como visitante, puedes escrivir lo que creas conveniente, o preguntar algo.
Foro encuentros
REGISTRATE, para asi compartir con los demás, lo que tu puedas aportar.

No utilices palabras soeces, ni faltes al respeto a los demás foreros.

Si quieres publicar una opinión, te rogamos que pongas un nombre, para que todos sepan de quien se trata.

Cualquier opinion o escrito, que vaya en contra de las normas, la moral, o las buenas costunbres, será baneada por la administración o los moderadores del foro.

ENTRA y diviertete, pero repetando a los demás, para que tu tambien seas respetado.

Tenemos a disposición de los foreros, un chat en tiempo real, para conversar o aclarar dudas.

Y recuerda que aunque sea como visitante, puedes escrivir lo que creas conveniente, o preguntar algo.
Foro encuentros
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.
Foro encuentros

Encuentros entre amigos y no tan amigos.
 
ÍndiceÍndice  PortalPortal  Últimas imágenesÚltimas imágenes  PublicacionesPublicaciones  BuscarBuscar  RegistrarseRegistrarse  Conectarse  

 

 Ley de Seguridad Ciudadana.

Ir abajo 
AutorMensaje
bailarin
Admin
Admin
bailarin


Cantidad de envíos : 3644
Fecha de inscripción : 31/03/2009

Ley de Seguridad Ciudadana. Empty
MensajeTema: Ley de Seguridad Ciudadana.   Ley de Seguridad Ciudadana. Icon_minitimeLun 15 Ago 2016, 6:11 pm

Con los votos a favor del PP y toda la oposición en contra, la Ley de Seguridad Ciudadana fue aprobada definitivamente por las Cortes, que avalaron un texto que incrementará la libertad, según el Ejecutivo, y sobre el que, sin embargo, planea la amenaza de su derogación si cambia el Gobierno. La nueva norma, que este 1 de julio ha entrado en vigor, pone fin a 16 meses de tramitación en los que el texto ha sufrido numerosas modificaciones con respecto al borrador original del proyecto presentado por Interior en noviembre de 2013. En algunos casos directamente han desaparecido del redactado algunas de las conductas más polémicas como la que sancionaba los "ultrajes a España".

En otros casos se han rebajado las sanciones a imponer: concentrarse sin autorización ante el Congreso de los Diputados ya no será sancionado con un máximo de 600.000 euros, sino con un máximo de 30.000 y siempre que se realice una "perturbación grave de la seguridad ciudadana". Tampoco serán sancionados los periodistas que graben a los agentes de policía, sino quien use esas imágenes de manera que "pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes" (distribuir su foto con esos fines, dirección personal, datos personales...).

Sólo en el trámite seguido en el Congreso de los Diputados, un total de 14 infracciones fueron modificadas y 19 directamente eliminadas. Finalmente éstas son las 44 razones por las que alguien podría ser sancionado con multas que van desde los 100 euros hasta los 600.000 siempre que no sea delito.


Faltas muy graves (Entre 30.001 y 600.000 euros de sanción)
1 Manifestaciones no comunicadas o prohibidas ante infraestructuras críticas.

2 Fabricar, almacenar o usar armas o explosivos incumpliendo la normativa o careciendo de la autorización necesaria o excediendo los límites autorizados.

3 Celebrar espectáculos públicos quebrantando la prohibición ordenada por la autoridad correspondiente por razones de seguridad pública.

4 Proyectar haces de luz sobre los pilotos o conductores de medios de transporte que puedan deslumbrarles o distraer su atención y provocar accidentes.

Faltas graves entre 601 y 30.000 euros de multa.[/b]
1 Perturbar la seguridad ciudadana en actos públicos, espectáculos deportivos o culturales, solemnidades y oficios religiosos u otras reuniones a las que asistan numerosas personas.

2 La perturbación grave de la seguridad ciudadana en manifestaciones frente al Congreso, el Senado y asambleas autonómicas aunque no estuvieran reunidas.

3 Causar desórdenes en la calle u obstaculizarla con barricadas.

4 Impedir a cualquier autoridad el ejercicio legítimo de sus funciones en el cumplimiento de resoluciones administrativas o judiciales. Este punto sancionaría, por ejemplo, las concentraciones para impedir la ejecución de desahucios.

5 Las acciones y omisiones que impidan u obstaculicen el funcionamiento de los servicios de emergencia.

6 La desobediencia o la resistencia a la autoridad, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes.

7 Negarse a disolver reuniones y manifestaciones en lugares de tránsito público cuando lo ordenen las autoridades competentes cuando concurran los supuestos del artículo 5 de la Ley Reguladora del Derecho de Reunión. Entre estos supuestos se encuentra "cuando se produzcan alteraciones del orden público con peligro para personas o bienes", por lo que podría emplearse esta infracción para sancionar los llamados escraches.

8 Perturbar el desarrollo de una manifestación lícita.

9 La intrusión en infraestructuras críticas (que prestan servicios esenciales para la comunidad) incluyendo su sobrevuelo, cuando se haya producido una interferencia grave en su funcionamiento.

10 Portar armas prohibidas o portar o usar armas de modo negligente y temerario o fuera de los lugares habilitados para ello.

11 Solicitar y disfrutar (por parte del demandante) de servicios sexuales en zonas de tránsito público, cerca de lugares destinados a su uso por menores (colegios, parques...) o en zonas que pueda generar un riesgo para la seguridad vial.

12 Fabricar, almacenar o usar armas reglamentarias o explosivos sin autorización así como la omisión o falta de eficacia de las medidas de seguridad o precauciones que resulten obligatorias.

13 Negarse a las inspecciones en fábricas, locales, establecimientos, embarcaciones y aeronaves.

14 El uso público e indebido de uniformes, insignias o condecoraciones oficiales, o réplicas de los mismos del equipamiento de los cuerpos policiales o de los servicios de emergencia que puedan generar engaño.

15 No colaborar con las Fuerzas de Seguridad en la averiguación de delitos o en la prevención de acciones que puedan poner en riesgo la seguridad ciudadana.

16 El consumo o la tenencia ilícitos de drogas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares públicos, así como el abandono de los instrumentos empleados para ello.

17 El traslado de personas, con cualquier tipo de vehículo, con el objeto de facilitar a éstas el acceso a drogas (las cundas).

18 Plantar y cultivar drogas en lugares visibles al público.

19 La tolerancia del consumo ilegal o el tráfico de drogas en locales o la falta de diligencia en orden a impedirlos por parte de los propietarios.

20 La carencia de los registros previstos en esta ley para las actividades con trascendencia para la seguridad ciudadana o la omisión de comunicaciones obligatorias.

21 Dar datos falsos para la obtención de las documentaciones previstas en esta Ley.

22 Incumplir las restricciones a la navegación reglamentariamente impuestas a las embarcaciones de alta velocidad y aeronaves ligeras.

23  El uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, con respeto al derecho fundamental a la información.


Faltas leves sanciones de 100 a 600 euros.[/b]
1 La celebración de manifestaciones sin comunicar a las autoridades, cuya responsabilidad corresponderá a los organizadores.

2 Exhibir de objetos peligrosos para la vida e integridad física de las personas con ánimo intimidatorio.

3 Incumplir las restricciones de circulación peatonal o itinerario con ocasión de un acto público cuando provoquen
alteraciones menores en el normal desarrollo.

4 Las faltas de respeto y consideración cuyo destinatario sea un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones de protección de la seguridad.

5 Hacer o incitar a actos que atenten contra la libertad e indemnidad sexual, o ejecutar actos de exhibición obscena.

6 La proyección de haces de luz, mediante cualquier tipo de dispositivo, sobre miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para impedir o dificultar el ejercicio de sus funciones.

7 La ocupación de casas y la venta ambulante no autorizada.

8 No denunciar la perdida o el robo de un arma.

9 Las irregularidades en la cumplimentación de los registros previstos en esta Ley con trascendencia para la seguridad ciudadana.

10 No tener la documentación personal legalmente exigida o no denunciar su robo o pérdida.

11 La negligencia en la custodia y conservación de la documentación personal legalmente exigida, considerándose como tal
la tercera y posteriores pérdidas o extravíos en el plazo de un año.

12 Negarse a darle la documentación a la Policía.

13 Causar daños a bienes muebles o inmuebles de uso público o privados que estén en la vía pública.

14 Escalar edificios o monumentos sin autorización cuando haya riesgo de que se ocasionen daños.

15 La remoción de vallas, encintados u otros elementos fijos o móviles colocados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para delimitar perímetros de seguridad.

16 Dejar sueltos o en condiciones de causar daños animales feroces, así como abandonar animales domésticos en condiciones en que pueda peligrar su vida.

17 El consumo de alcohol en lugares públicos cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana.

_________________
No vayas por donde el camino te lleve,
ve por donde no hay camino, y deja huella.

Volver arriba Ir abajo
bailarin
Admin
Admin
bailarin


Cantidad de envíos : 3644
Fecha de inscripción : 31/03/2009

Ley de Seguridad Ciudadana. Empty
MensajeTema: Re: Ley de Seguridad Ciudadana.   Ley de Seguridad Ciudadana. Icon_minitimeLun 15 Ago 2016, 6:48 pm

Mi opinión:


Haciendo referencia a las medidas más polémicas según qué partido opine, creo que yo personalmente endurecería algunas de ellas.
Algunos dicen que esta Ley de Seguridad Ciudadana, vulnera en parte la libertad y derechos básicos personales, y ¿qué pasa cuando un grupo de animales, creyéndose con el derecho de manifestarse sin permiso y compromiso, vulneran los derechos de los demás ciudadanos, no permitiendo el desarrollo y la convivencia normal, en una zona determinada?, uno de los derechos fundamentales de todo ciudadano español, es el derecho a la libre circulación, y ¿cuantas veces ese derecho se ha visto inculcado, porque una manada de BORREGOS se lo impiden?, eso todos lo hemos visto, y muchos lo hemos padecido.
¿Por qué algunos se alarman tanto, cuando se les pide que se identifiquen?.
¿Por qué no les gusta que se les sancionen cuando a estos actos, muchas veces incívicos, portan armas o artefactos para causar daños, a los que no piensan como ellos?.
¿Por qué ponen el grito en el cielo estos delincuentes, al saber que el ministerio del interior, tendrá la facultad de hacer unas listas con los nombres de estos personajes?, pues bajo mi punto de vista está muy claro, todos sabemos que muchos de estos impresentables, solo van a las manifestaciones por dinero, son como vulgares prostitutas, le dan cariño a quien les paga.
¿Por qué se molestan al prohibirse a partir de ahora, el perturbar actos religiosos?.
¿Por qué se enfadan al saber que se les podrá sancionar, al tratar de evitar un desahucio?.
¿Por qué se enfadan al saber que a partir de ahora, quedan prohibidos los escraches?.
¿Porque les molesta que sea sancionable el perturbar una manifestación licita?.
¿Por qué no les gusta que esté prohibido solicitar y disfrutar de aptitudes sexuales en lugares públicos?, el mariconeo que se largó el coletas de JODEMOS en el congreso con un catalufo, sería ahora sancionable, así se le quitaban las ganas de hacer teatro banal.
¿Por qué no les gusta que se sancionen las ocupaciones?.
En definitiva, que para estos SINVERGÜENZAS que se hacen denominar PROGRES, todo lo que no esté a su favor, son coartar sus libertades, poco les importan las de los demás.


Luis Francisco Padilla

_________________
No vayas por donde el camino te lleve,
ve por donde no hay camino, y deja huella.

Volver arriba Ir abajo
 
Ley de Seguridad Ciudadana.
Volver arriba 
Página 1 de 1.
 Temas similares
-
» Vanguardia Ciudadana por Venezuela
» TIP DE SEGURIDAD.
» TEJER UNA RED DE SEGURIDAD
» Una palabra de seguridad.
» AÑO 2026 - PAZ Y SEGURIDAD (Resolución 242 de la ONU)

Permisos de este foro:No puedes responder a temas en este foro.
Foro encuentros :: Tu primera categoría :: El pueblo habla.-
Cambiar a: